Las micro, pequeñas y medianas empresas que transforman conocimiento científico en productos para la salud humana, animal o ambiental pueden importar insumos, máquinas y equipamiento exonerados de todo tributo, incluidos el IVA y el Impuesto Específico Interno (IMESI).
El régimen se creó por el Decreto 137/026, que reglamenta el artículo 211 de la Ley N.º 20.446. La ANII es la encargada de evaluar y aprobar a las empresas que quieran acceder a él.
¿Quiénes pueden acceder?
Personas físicas o jurídicas titulares de una micro, pequeña o mediana empresa con actividad científico-tecnológica, inscriptas en el RUT y al día con DGI y BPS. Todo lo que se importe debe destinarse exclusivamente a procesos de testeo o desarrollo de productos para la salud humana, animal o ambiental.
¿Cuánto se puede importar?
Hasta USD 1.000.000 por año calendario por importador, tomando como referencia el valor de factura en origen.
¿Cómo postular?
A través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), completando un formulario con carácter de declaración jurada. En él se deben detallar las actividades de testeo o desarrollo, justificar qué se necesita importar y presentar el presupuesto asociado.
Las empresas aprobadas deberán informar a la ANII sobre las importaciones realizadas y el destino de los bienes adquiridos.